martes, 27 de mayo de 2008

31/95


Hoy quisiera hablarles de la 31/95, ley de prevención de riesgos laborales, aprobada en el año 1995, y como la ley en sí es un poco peñazo, intentaré que les sea ameno en un breve resumen.


Desde esa fecha, los riesgos laborales dejan de investigarse tras el accidente para prevenirlos antes de que sucedan, es decir, las empresas pondrán los equipos, protecciones y medios necesarios que los trabajadores deberán utilizar para que esos accidentes no se produzcan, esto incluye formación e información a los trabajadores, reuniones de seguridad y obligatoriedad de las empresas con más de seis trabajadores a tener un servicio de prevención (propio o ajeno contratado) que vele por la seguridad y la salud, y emita un plan de riesgos inherentes el el trabajo, así como un trabajador asignado como delegado de prevención. Con esta ley España se supone que se modernizaba con la nueva Europa en materia de prevencion. Se crean cuatro especialidades para la prevencion de riesgos , seguridad, (prevencion de accidentes), salud (medicina en el trabajo), higiene (prevencion de enfermedades profesionales) y ergonomía (psicosociología aplicada, fatiga, insatisfacción laboral).


Vale, ley había, pero ¿Qué hicieron la mayoría de empresas y trabajadores?. Cubrir el expediente para no ser multados por los inspectores de trabajo, entregar papeles informativos que nunca se leían, no colocarse las botas de seguridad o el casco por que "me molestan", un cursillo anual que justificaba la formación, y poco más. Salvo algunas empresas que se tomaron realmente en serio el tema de la prevención y se encontraron con otros problemas,como formar a personas que entendían y hablaban el Español lo justo, el resto se limitó a cubrir el expediente, y la administración, siempre escasa de medios a pie de calle, a investigar y multar en caso de accidentes muy graves, omitiendo el resto.


La administración se da cuenta de que esta ley es corta para la construcción, causante de casi todos los accidentes laborales, y en Abril de 2007 (si, doce años después, la administración es lenta) publica un anexo sólo para las empresas del grupo de riesgo III, (vamos, construcción y desactivadores de bombas como aquel que dice) en el que la vuelta de tuerca es importante, desde esa fecha además de lo que ya había, y aprovechando la nueva ley de autónomos en que los remite a la ley de prevención (antes los autónomos eran como un ente en el limbo en materia de prevención ajeno a todo lo relacionado con esto), se hace (para mi gusto) casi la perfección hecha ley en materia de prevención de riesgos. Desde Abril de 2007, SE OBLIGA a la empresas y autónomos a integrar la prevencion de riesgos en cada uno de sus procesos de producción, se obliga a tener un trabajador asignado EN CADA OBRA (por pequeña que sea) y se especifica que formacion debe tener este, LOS GERENTES deben tener formacion en prevencion, y se crea EL CARNÉ DE PREVENCION, una especie de permiso de conducir en el que cada trabajador acumulará la formación recibida que deberá renovar cada dos años. Se crea el LIBRO DE REGISTRO DE OBRA, en el que TODOS LOS OFICIOS (sean de la empresa, autónomos, o empresas subcontratadas) deben acreditarse ANTES DE EMPEZAR A TRABAJAR en materia de prevención de riesgos. Concluyo que tenemos una buena ley ahora, pero entonces ¿Cual es el problema en este momento?. Sencillo, ahora hay dos problemas, uno que la ley ha entrado en vigor antes de saber como hay que hacer las cosas (el dichoso carné aun no se sabe ni quien lo va a dar y estamos en 2008) y el mismo que antes, para toda una provincia hay seis (o dos según zonas) inspectores de trabajo, que teóricamente son los encargados de visitar, vigilar y sancionar si se dá el caso, las obras de construcción. Por tanto concluyo que los medios de la administración a día de hoy son escasos y eso es un problema importante.


Aparte de esto, los dos problemas de siempre, las empresas deben destinar pasta a esto e integrar la prevención (y los costes de ella) en sus presupuestos, que finalmente pagará usted, como siempre, pero sobre todo, por encima de todo, lo más importante es que el trabajador, se dé cuenta de que el que se está jugando la vida es él y nadie más, y que tienen todo el apoyo de la administración si deciden un día decir a la empresa "yo ahí no me subo sin protección , se sube usted".
P.d.
O.O.O. (la tetona extraterrestre)

5 comentarios:

Sr.DelGaS dijo...

Bueno, si te digo la verdad mi padre, y mi hermano, trabajan en construcción y la verdad, de "lo nuevo" de la ley ni les han contado nada aún, osea que están pasando mucho.

Yo te puedo decir, como cuasi-químico, aunque ya estoy en un laboratorio de prácticas, que una situación similar se produjo en este sector, ya que, estando rodeado de cosas tóxicas, cancerígenas y mortales, hace unos 10 años se podía fumar alegremente en un laboratorio lleno de cosas inflamables.

Luego, hace unos, 7 años o así, hubo una revolución en la Calidad bastante grande, salieron multitud de normas de obligado cumplimiento, si bien es mucho más sencillo cumplirlas en un laboratorio que en una obra, claro está, y hoy por hoy se ha llegado al punto en que se usa por márketing, es decir, si no estás certificado, no va a ir ni Dios a tu laboratorio, pero claro, con las obras es más difícil, pues los clientes, se las entregan una vez echas, y se la sopla totalmente si los obreros se han puesto el casco y los arneses y demás...
¡Fin del tochopost!

Trikki dijo...

No crea Eki, no crea que a los clientes se la pela, ya hay dos sentencias recientes en el que la responsabilidad de un accidente ha recaido por partes iguales en el promotor (o cliente), contratista y hasta el arquitecto.

ludovico dijo...

Si entendemos por "cliente" el destinatario de la vivienda, puede que sea otra cosa.
En mi empresa soy el responsable de suministrar los EPIs (equipos de protección individual) y algunos no salen de las taquillas del vestuario. Luego me toca acompañar a más de uno a la mutua, de carreras por una salpicadura en ojo u otras imprudencias.
Hay mucha chulería y poca consciencia de que tenemos que proteger nuestra salud, y nuestra vida, en algunos casos.

Trikki dijo...

Si señor Vico, pero yo hablaba del que se promueve su propia vivienda o reforma su local de negocio, o reforma su vivienda, el promotor, en el caso de los que compran piso evidentemente estaran exentos de responsabilidad.

Curiosamente su empresa, aunque el trabador no quiera ponerse un EPI entregado si es responsable. Ya le anticipo que el españolito medio entiende dos cosas, palo o zanahoria, si usted quiere se pondran ese equipo de protección individual que está en su taquilla, sólo tiene que proponerselo, eso sí, será usted el más malo en la empresa que JR en Dallas. Sólo dos maneras, zanahoria (convencer) o palo (obligar).

Anónimo dijo...

vivir ya es un riesgo y hay muxas formas de asumirlos y protegerse...se que no va con tu mensaje, pero me apetecia meterme...jajaja
Saioa